It’s time to say eNOugh.

En Español

Las víctimas indocumentadas que sufren de la violencia doméstica, normalmente les preocupa llamar a la policía por miedo de ser deportad@s. L@s abusadore/as regularmente amenazan como táctica de asustar a las victimas indocumentadas para que mantengan silencio. Si es cierto que a veces algunas personas que han sido abusadas domésticamente, todavía son discriminadas por la ley, pero en realidad el gobierno de los estados unidos ha puesto leyes de protección para personas que han sido abusadas domésticamente y piden que por favor llamen a la policía cuando sean abusadas por su pareja. La mayoría de policías desean y quieren que por favor los contacten y pidan ayuda para poder ayudar a las víctima y sus hij@s y hacer ha el abusante responsable de sus acciones. Las víctimas de viotlencia domestica no serán deportadas por el simple acto de reportar que son víctimas de un crimen.

De hecho, l@s inmigrantes indocumentad@s con domicilio en los estados unidos quien han sido víctimas de violencia domestica pueden calificar para la Visa U si colaboran en la investigación y enjuiciamiento de la actividad criminal de ha sido en contra de ell@s.

La Visa U fue creada por el Congreso para servir dos propósitos. 1) para motivar a las víctimas en reportar el crimen y cooperar en la investigación criminal. 2) Para proveer ayuda humanitaria para víctimas de crímenes que califiquen por la ley. La Visa U es una manera de darle a la víctima un estado legal por cuatro años con la posibilidad de extenderse con casos especiales. Provee la habilidad de trabajar legalmente en los estados unidos. También después de mantener la Visa U por tres años puede aplicar para residencia permanente en los estados unidos.

La violencia Domestica es un crimen calificado para la Visa U. Otros crímenes relacionados que pueden ser calificados son: asalto criminal, violación, asalto sexual y acecho. Para más información acerca de crímenes que pueden ser calificados visita;

http://www.uscis.gov/humanitarian/victims-human-trafficking-other-crimes/victims-criminal-activity-u-nonimmigrant-status/victims-criminal-activity-u-nonimmigrant-status.

Aparte de ser víctima de un crimen, tendrán que probar que él o ella han sufrido vigorosamente abuso físico o mental y tendrán que cooperar en la investigación y el juicio de la actividad criminal. Para proceder, se requiere que la víctima obtenga un certificado proveído por la policía. Por eso es importante entender que para poder calificar para la Visa U tiene que haber una investigación detrás de la actividad criminal. La mayoría de veces para ayudar el proceso es mejor responder todas las preguntas de el/la policía y reunirse en la oficina de el/la fiscal de distrito y atender a la corte cuando se necesité. Esto incluye mantener a el/la fiscal de distrito informad@ con los movimientos de el/la abusador(a) o cambios de números telefónicos. Se entiende que hay muchas razones por la cual una víctima de violencia domestica no quiera reportar el crimen con la policía o asistir al juicio. Pero es importante entender que al reportar que es víctima de un abuso no será deportado. Y sin reportar el crimen no podrá ser calificad@ por la Visa U.

El/la solicitante de una Visa U también debe ser admisible en los Estados Unidos. Hay muchas causas de inadmisibilidad a los Estados Unidos, algunos de los cuales son los siguientes: el/la solicitante no puede haber entrado en los Estados Unidos sin permiso, mentido a las autoridades de inmigración, tienen antecedentes penales, estado ilegalmente en los Estados Unidos por más de 6 meses y luego irse, afirmó falsamente que es ciudadan@ de los Estados Unidos para ningún beneficio, ser una amenaza para la seguridad nacional, sólo para nombrar unos pocos. Si uno de estos motivos de inadmisibilidad se aplica a un(a) solicitante, él/ella debe llenar una renuncia a presentar con su aplicación y proporcionar evidencia de por qué es de interés público o nacional para la exención que se concede. Inadmisibilidad es un área compleja de la ley de inmigración, y el/la solicitante de una Visa U, deben consultar con un(a) abogad@ de inmigración antes de presentar una solicitud de Visa U si él/ella piensa que él/ella puede ser inadmisible a los Estados Unidos.

Si una víctima de violencia doméstica cree que él/ella puede ser elegible para una visa U y desea solicitar una Visa U, algunos de los formularios él/ella puede tener que presentar son:

Formulario I -918, Petición de estatus U para no-inmigrante

http://www.uscis.gov/i-918

Formulario I -918, Suplemento B, Certificación de estatus U para no-inmigrante

http://www.uscis.gov/i-918

Este formulario debe ser firmado por un(a) funcionari@ autorizad@ de la agencia de policía de certificación y el funcionari@ debe confirmar que la víctima ha sido útil, está actualmente siendo útil, o es probable que sea útil en la investigación o el enjuiciamiento del caso.

Una declaración personal describiendo las circunstancias de la actividad criminal de la que él/ella era una víctima, el sufrimiento que él/ella ha sufrido como consecuencia de la actividad criminal, la forma en que él / ella asistió aplicación de la ley, y por qué él/ella quiere permanecer en los Estados Unidos, y evidencia para establecer cada requisito de elegibilidad y superar los motivos aplicables de inadmisibilidad.

Si la víctima está sujeta a alguna causa de inadmisibilidad, él/ella tendrá que presentar una solicitud para renunciar a los motivos aplicables de inadmisibilidad que es:

Formulario I- 192, Solicitud de Permiso Adelantado para entrar como un no inmigrante.

http://www.uscis.gov/sites/default/files/files/form/i-192.pdf

Una víctima de un delito de violencia doméstica debe ponerse en contacto con un(a) abogad@ para obtener ayuda para llenar estos formularios. El Proyecto de Inmigrantes Abusados ofrece asistencia de inmigración gratuita a las víctimas de violencia doméstica, asalto sexual y la trata de personas a las víctimas que son de bajos ingresos y elegible para una Visa U. Para más información puede llamar a la línea de admisión gratuita del Proyecto de Inmigrantes Abusados al 1-866-204-7612 los jueves 9 a.m.-4 p.m. o consulte a la página web de Ayuda Legal: https://www.legalaidnc.org/public/learn/spanish.aspx. Si usted tiene los recursos financieros para hacerlo, puede también contratar a un(a) abogad@ privad@. NC Bar Association ofrece un servicio de referencia de abogad@s.Usted puede aprender más acerca de este servicio en su página web: http://www.ncbar.org/public-resources/find-a-lawyer/ o llamando al número de servicio de referencia en el 1-800-662-7660.